Resuelve Tribunal Boliviano impedimento de reelección de Evo Morales
(EFE).- El Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia emitió un fallo que confirma que la reelección en el país es por una sola vez de forma continua o discontinua, por lo que el exmandatario Evo Morales (2006-2019) estaría impedido para ser candidato a la Presidencia en 2025.
El auto constitucional, firmado por los magistrados René Espada y Gonzalo Hurtado, establece que las autoridades electas en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial tienen “el ejercicio de su periodo de mandato, únicamente por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato”.
Fallo contra Evo Morales en Bolivia
El fallo, que es una respuesta a un recurso de complementación y enmienda presentado por algunos legisladores, señala que la Constitución promulgada en 2009, promovida por Morales, busca “evitar de cualquier modo la permanencia de un mandatario, en el caso de los Órganos Legislativo (y) Ejecutivo por más de diez años en total”.
Esto afecta las intenciones de Morales de ser candidato a la Presidencia nuevamente, pues ya gobernó Bolivia en tres ocasiones (2006-2009, 2010-2014 y 2015-2019).
Asimismo, la premisa del Tribunal Constitucional se aplica también a los magistrados del poder Judicial, quienes se pueden reelegir por voto popular una vez, mientras que para los vocales electorales no existe la posibilidad de extensión de su mandato.
La resolución establece además que “ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores, podrá candidatear y menos ejercer” los cargos de vicepresidente, presidente del Legislativo, presidente de la Cámara de Diputados y del Senado”.
Esta semana al senador Andrónico Rodríguez, afín al bloque oficialista de Morales, se le eligió por cuarta vez consecutiva como presidente del Senado.
El diputado opositor José Carlos Gutiérrez, uno de los legisladores que planteó el recurso, dijo a EFE que el auto constitucional es una “aclaración” al fallo que emitió esa misma instancia a finales del año pasado.
Impedimento constitucional
La sentencia constitucional de diciembre de 2023 estableció que en Bolivia el presidente y vicepresidente solo pueden ser elegidos y ejercer su mandato por dos periodos, ya sean continuos o discontinuos y que la reelección indefinida no existe y “no es un derecho humano”.