Maullidos Urbanos

Negativa medida en favor de la UIF
Con seis votos a favor y tres en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por 49 senadores del PAN, PRI y MC en contra del decreto por el cual se permite a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), el poder congelar cuentas bancarias sin orden judicial, solo bajo la sospecha de alguna irregularidad en caso de existir indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Para la ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf, esta es una medida cautelar, orientada a proteger el sistema financiero ya que esta acción no implica declarar culpable a una persona ni sustituye las investigaciones penales, por lo tanto, la medida se ubica en un ámbito administrativo y preventivo.
Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García, quienes expresaron preocupaciones sobre posibles afectaciones a la seguridad jurídica. Consideraron que la resolución confirma que la UIF, como órgano administrativo dependiente de Hacienda, puede actuar de manera directa ante operaciones sospechosas, sin requerir la intervención previa de un juez.
En una entrevista por Milenio Televisión, Omar Reyes Colmenares, titular de la UIF, dijo que la incorporación en la Lista de Personas Bloqueadas de quienes se tengan indicios de movimientos con dinero ilícito no será una acción arbitraria, discrecional ni tampoco inmediata, sino contará con un análisis y cruce de información que permita presumir lavado de dinero.
Agregó que seguirán actuando como una autoridad de nivel administrativo, al ordenar el bloqueo de personas en el sistema financiero mexicano basándose en los reportes bancarios y con análisis previos para tomar esta decisión preventiva por posibles indicios de manejo de recursos de procedencia ilícita, y reiteró que de ninguna forma “es una facultad arbitraria”.
Sin embargo, esta medida genera desconfianza ya que no se establecen criterios definidos para establecer quién o quiénes decidirán, bajo un criterio nada claro, a las personas que serán congeladas sus cuentas, ya que también puede aplicarse esta medida a pequeños y medianos empresarios, quienes viven al día para pagar desde salarios hasta suministros y, en caso de ser afectados, sus negocios estarían en riesgo de cerrar.
Incluso, empresarios extranjeros podría cancelar sus posibles inversiones ante el temor de que puedan ser considerados “lavadores de dinero” o “patrocinadores de terroristas” sin un fundamento legal o bajo supuestas sospechas de financiamientos irregulares.
Incluso, pensionados que realizan transferencias vía electrónica pueden ser investigados por el uso de ciertas palabras que pueden ser “poco legales” o “amenazantes”, por colocar en el tema desde “pago de renta”, “para bombas”, “rescate” o palabras similares.
Esperemos que en realidad el congelamiento de cuentas bancarias por parte de la UIF no se torne en acciones de tipo político, como se ha acostumbrado últimamente, como es la cancelación del permiso para recibir donativos deducibles de impuestos a más de 270 ONG’s, justificada como una decisión técnica, cuando evidentemente fue para afectar a varias que le resultan incómodas al gobierno federal. Sin embargo, hay que estar prevenidos para lo peor.
